Derechos constitucionales y la revolución internacional
Luis Leija.
Los derechos que consagra la Constitución de 1917 al trabajador: un salario que alcance para una vida digna, que sea suficiente para cubrir sus necesidades de alimentación, salud, vivienda, educación, esparcimiento y recreación, seguridad y vestido no se pueden obtener por decreto, se deben lograr mediante la implementación de un sistema que lo haga posible.
Ha quedado indudablemente demostrado que el sistema que actualmente rige en el país no promueve esas aspiraciones revolucionarias.
A fin de lograr una vida digna, como lo estipula nuestra Constitución, inspirada en los ideales de la Revolución, es indispensable no reformar este sistema, cuyos cambios van en sentido opuesto a la calidad de vida de la inmensa mayoría.
Las reformas hechas por los gobiernos títeres como el nuestro, son instrucciones de las instituciones financieras trasnacionales, que tienen el único interés de obtener ganancias económicas, el ser humano les tiene sin cuidado pues sus directrices tienden a acentuar más la injusticia social.
[pull_quote_center]Las redes sociales de internet desde hace varios años representan una buena opción para iniciar revoluciones sociales.[/pull_quote_center]
La concentración del poder y la riqueza y la pauperización de la inmensa mayoría de la población es consecuencia de un sistema real profundamente injusto y, peor, arraigado en las entrañas de la política vigente; no se puede cumplir por decreto de ley lo consagrado en los ideales revolucionarios, la razón dicta que la causa debe eliminarse, y esto es un fenómeno universal, por lo que la alianza entre los ciudadanos rasos del mundo es urgente.
La red de internet es el medio por el cual se puede llevar a cabo finalmente la emancipación de todos los pueblos de la tierra, la revolución internacional.