Ley de Infonavit arbitraria: Quita ahorros a obreros
Jaime Arizmendi.
Ahorros de Trabajadores a Ellos, no al Infonavit…
Diputados de Movimiento Ciudadano se manifestaron en contra de la facultad concedida al Infonavit para que expropie los recursos de la Subcuenta de Vivienda a los 10 años de ser exigibles, derecho al que pueden acceder los trabajadores y beneficiarios antes de cumplirse dicho plazo.
Así lo especifica el Artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el que los legisladores Alfonso Durazo Montaño, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila califican como inaceptable y clara prueba de arbitrariedad, porque el obrero está generando ingresos que no le deben ser arrebatados.
Sí, ante la drástica caída económica de las vivienderas y el contrastante abandono de departamentos y casas por parte de los beneficiarios de un crédito hipotecario, los diputados presentaron el miércoles pasado una iniciativa para derogar dicho apartado de la Ley del Infonavit, tan lascivo para la clase trabajadora, de lo cual nada dice Alejandro Murat Hinojosa, director general de este Instituto.
En el documento que sustenta la propuesta, los legisladores federales señalan que dicha reserva del Infonavit no debería existir, ya que en la mayoría de los casos la gente que tiene derecho a este tipo de recursos, no está bien informada del tiempo con el que cuenta para retirar su dinero.
“Resulta una acción abusiva que el Instituto se quede con los ahorros del propio trabajador; no hay razón alguna que sustente tal proceder, ya que al actuar de esta manera, no se respeta la seguridad social”.
Los recursos de la Subcuenta de Vivienda deberían ser permanentes para los trabajadores y beneficiarios, pues son producto de los ahorros que obtuvieron durante su vida laboral.
Los legisladores de Movimiento Ciudadano resaltan que nuestra Carta Magna pone especial énfasis en que los créditos otorgados a los trabajadores deben tener carácter de “utilidad social”, y en ningún momento perseguirán fines de lucro; empero, “este precepto es violado por el artículo 37 de la Ley del Infonavit.
“En dado caso, únicamente deberían pasar a manos del Infonavit cuando el trabajador muera y éste no tenga beneficiario alguno al cual heredarlos. El destino y origen de estos recursos no deben ser la ganancia y lucro, ni contrarios de la esencia y objetivo de la seguridad.
Esto lo prohíbe el artículo 123 constitucional y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo”.
Por ello, proponen derogar dicho artículo “tan lascivo para la clase trabajadora. Porque sólo en la justicia, como se desprende de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, puede florecer una paz social duradera”. Basta de que en aras “del futuro y estabilidad de las instituciones”, el perdedor sea el obrero…
(argonmexico.com).