Los puntos negativos de la nueva ley de telecomunicaciones

Se consolida el Estado fascista.

 

Allan Vélez.

La Cámara de Diputados aprobó la legislación reglamentaria en materia de telecomunicaciones, iniciativa que ha generado polémica desde que el presidente Enrique Peña Nieto la envió al Senado en marzo pasado, pues, entre otras cosas, regula el uso de internet, especifica qué empresas tienen preponderancia en el sector telecomunicaciones, modifica la neutralidad de la red, permite que el gobierno ordene a empresas de telecomunicaciones suspender el servicio en zonas y momentos específicos, e incluso abre la puerta para que instituciones como el Ejército o el Cisen tengan acceso a los datos de los usuarios.

Y, aunque estos temas pudieran parecer ajenos al usuario promedio de internet, telefonía móvil y fija, televisión abierta y de paga y radiodifusión, en realidad afectarán tu experiencia en estos ecosistemas. A continuación ofrecemos un vistazo a los puntos más polémicos de la ley, así como una explicación amigable sobre los términos empleados en la legislación reglamentaria de la Ley Telecom.

¿Qué es la neutralidad de la red?

La neutralidad de la red es un principio que implica la no discriminación del tráfico de datos por tipo de paquete, protocolo o contenido, es decir, ningún ente, público o privado, puede intervenir o analizar los paquetes de información enviados o recibidos por usuarios o empresas.

El actual dictamen de la Ley Telecom afecta este principio, permitiendo a las empresas oferentes de internet —Televisa y Telmex— analizar los paquetes de información utilizando una técnica llamada inspección profunda de paquetes, que permite identificar qué contenidos reciben o envían los usuarios, poniendo en riesgo su privacidad.

Pero, ¿cómo me afecta esto?

Luis Fernando García, abogado de la Red de Derechos Digitales, explica que la eliminación de la neutralidad de la red abre la puerta a que las empresas oferentes de internet obliguen a pagar un “derecho de piso” a las empresas que proveen servicios y contenidos por internet.

¿Y?

Bueno, dado que en México las mismas empresas que ofrecen servicio de internet también generan contenidos, es posible que éstas favorezcan sus servicios. Por ejemplo, Telmex ofrece Claro Video, un servicio similar a Netflix. De aprobarse el actual dictamen de Ley Telecom, Telmex podría cobrar a Netflix una tarifa por hacer uso de su red, costo que Netflix podría transmitir a los suscriptores.

Lo anterior, añade García, desfavorecerá la apertura de internet, plataforma que a través de los años se ha consolidado como un medio de innovación, pues no se requieren de grandes inversiones para ofrecer un servicio o producto.

Bloqueo de contenidos

Qué escozor que en China Google esté prohibido, ¿verdad? El primer dictamen de la reforma a la Ley Telecom establecía la posibilidad de que el gobierno federal tuviera facultades para ordenar el bloqueo de contenidos, servicios y aplicaciones en la red. Sin embargo, esta posibilidad fue rechazada por el pleno del Senado, y en el actual dictamen no existe tal figura. Sin embargo, aún es posible que la Cámara de Diputados rechace la reforma e incluya en un nuevo dictamen la figura de bloqueo de contenidos.

Bloqueo de señal

La Ley Secundaria de Telecomunicaciones plantea que el Estado tenga facultades para ordenar a los operadores de internet suspender el servicio en un área determinada. Así lo describe el artículo 190, fracción VII de la ley:

“Realizar la suspensión inmediata del servicio de telefonía cuando así lo instruya la autoridad competente para hacer cesar la comisión de delitos”.

Esta posible facultad al Ejecutivo permitiría que ante “la comisión de delitos” ordene la suspensión en un área determinada, como el Zócalo de la ciudad de México durante una manifestación.

Pero yo no suelo manifestarme…

Quizá no lo hagas, pero es probable que en algún momento lo hagas. Sin embargo, es ampliamente probable que en algún momento te encuentres en algún sitio donde ocurra algún conflicto. Cierto es que podrías no tener ninguna relación con el suceso, pero imagina una situación de peligro en la que, por una facultad del Ejecutivo ampliamente discrecional, pierdas la posibilidad de comunicarte.

Retención de datos

La privacidad en internet es un tema que a todos compete, y la Ley Telecom establece que los proveedores de internet deberán almacenar los datos de los usuarios hasta por 24 meses. Entre los datos que las empresas deberán almacenar se encuentran origen, destino, fecha, hora y duración de las comunicaciones.

“Estos metadatos generan muchísima información personal sobre los usuarios. En el tiempo se relevan patrones de movimiento y de comunicación que pueden revelar cuestiones muy sensibles como el estado de salud, las preferencias políticas, las preferencias sexuales y todo tipo de información que las personas merecemos mantener reservadas y lejos del control del Estado,” explicó García, quien agregó que los datos pueden ser consultados por la autoridad en la persecución de un delito o por temas de seguridad nacional. Sin embargo, no será necesario que la autoridad tramite una orden judicial para acceder a estos datos, acción que contraviene a la Constitución.

“El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la retención es incompatible con el derecho a la privacidad y ha sido declarada inválida porque es una retención masiva e indiscriminada. No se decide una retención de personas acusadas de haber cometido un delito o que están bajo investigación si no que nos convierte a todos los usuarios en sospechosos de delitos y se retienen los datos de todos,” puntalizó García.

 

(parentesis.com).