Poder Judicial del Estado de Durango, delincuencia organizada

Lic. Alejandro Acosta Nájera.

No obstante las constantes tropelías realizadas por Esteban Calderón Rosas (el indigno) desde su llegada al Poder Judicial del Estado de Durango, siendo presidente de facto desde septiembre de dos mil dieciocho, solapado por los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, con una incapacidad para conocer el derecho y sobre todo la justicia, éste fue protegido por el gobernador de esta entidad, José Rosas Aispuro Torres.

Ahora, esas tropelías son continuadas por Ramón Gerardo Guzmán Benavente y sus secuaces, como el permitir que litigue el recién nombrado Director del Centro de Justicia Alternativa, como apareció en algunos medios.

Además, a Ramón Gerardo Guzmán Benavente le importa un comino el conflicto de interés que tiene con su despacho, pues al puro “aquí nada más mis chicharrones truenan”, tiene abierto su despacho ubicado en calle Constitución, al norte de esta ciudad, apareciendo su nombre en la fachada.

Por ser el mandamás del Poder Judicial nadie le dice nada por temor a que se queje con el gobernador, o peor aún, con “La Gobernadora”.

Aparte de ello, en el mismo Tribunal Superior de “Justicia”, dentro de un juicio en contra de Esteban Calderón Rosas hay una queja presentada por el suscrito pues el Magistrado Ponente, José Ismael Rivera Alvarado, tiene una amistad con Esteban Calderón Rosas y aduce que esa amistad no es estrecha como dice la norma por lo que no se excusa, sin atender que lo que interesa al derecho no es una estrechez, sino basta con la manifestación de amistad para que se pueda suponer su parcialidad; por lo tanto, existe duda sobre su imparcialidad en el dictado de la resolución, y eso que la queja contiene un delito claramente tipificado.

También tenemos que hablar de la Oficialía de Partes que, al presentar el suscrito dos demandas el día nueve de noviembre del año en curso, una de ellas por Daño moral en contra del Consejo de la Judicatura Estatal, en la que no tenía interés el Consejo, me fue recibida a las 06:15:26 p.m., con la firma de la persona que la recibió en ese momento.

Pero en la que sí tenía interés el Consejo de la Judicatura Estatal, la encargada de la Oficialía de Partes, M.D. Rubí López Larreta, les corrió traslado con la demanda, confirmado por una de las Consejeras de nombre Georgina Patricia, además de alterar el sello, porque si se presentaron dos demandas juntas lo más lógico era que la variación de la recepción fuera por minutos, pero qué raro pues me fue recibida a la 01:09:28 p.m., sin firma original y tapando la leyenda de “reimpresión de sello,” que se alcanza a leer perfectamente a contraluz:

La Juez Segundo de lo Civil, por razones aceptables, se excusó de conocer el asunto, pero la maña consistió precisamente en enviarlo a ese Juzgado para que se excusara y ganar tiempo, porque saben que el compromiso que se les viene encima es fuerte por el desconocimiento o la falta de aplicación de la justicia y el derecho, que para ello fueron designados.

Pero lo más inaceptable, y es una lástima, es que expongan a los jueces de esa forma y que ellos permitan ser “mangoneados” en su propio perjuicio, porque si fue de motu proprio el acuerdo emitido por la encargada del Juzgado Cuarto de lo Civil, Licenciada Irma López Monrreal, no debería ser juzgadora, pues señaló en su acuerdo literalmente:

“…esta autoridad se declara incompetente para conocer del asunto, lo anterior en razón de que al demandar al Consejo de la Judicatura Estatal del Poder Judicial del Estado, ante de quien depende esta autoridad, ya que es su superior jerárquico…(sic)”.

No es posible que siendo juzgadora desconozca que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Durango NO ES SUPERIOR JERÁRQUICO DE NINGÚN JUEZ, dada la independencia judicial.

Pero los Magistrados y Consejeros, en un desconocimiento total del derecho, lo hacen para perjudicar causando más daño moral y las consecuencias serán peores.

Digo que las consecuencias serán peores porque ante la denuncia de nulidad absoluta se declararon incompetentes únicamente de los procedimientos en mi contra. Sé de su incompetencia, pero no al grado de no tener dignidad para aplicar lo que solamente a ellos les corresponde: “justicia”. Y habrá que decirlo con todas las letras: ¿Sabrán por qué se llama TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA? la cual es evidente que no conocen.

Las consecuencias serán graves, pues denunciaré la nulidad de todo lo actuado por el C. Julio César Piña Gritssman, y de sobra saben los motivos al iniciar el Consejo de la Judicatura un procedimiento de oficio en su contra.

De la misma manera las consecuencias serán graves por la designación y no reelección de Esteban Calderón Rosas y la designación por seis años de Ramón Gerardo Guzmán Benavente, pues ignoran (y a ver si no lo quitan sin que nadie se dé cuenta) que existe el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la misma ley señala: “será electo CADA SEIS AÑOS por unanimidad o por mayoría de votos de sus miembros”, pero si se declara la nulidad de lo actuado por el presidente de facto, entonces si estaríamos hablando de seis años como presidente, cosa difícil pero no imposible, por ello es que existe una DELICUENCIA ORGANIZADA EN EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE DURANGO, más lo que se acumule de otros departamentos.